En este encuentro analizaremos la medida Cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que exige la prisión domiciliaria de la diputada del arlasur Milagro Sala. También hablaremos de la Asamblea Constituyente de Venezuela convocada por el presidente Maduro.
Después de una larga visita a nuestro país, y en especial a la provincia de Jujuy, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar a favor de la dirigente social de la Tupac Amaru y diputada del Parlasur Milagro Sala en la que exige que la liberación inmediata o, en su defecto, la prisión domiciliaria.
Es importante destacar que la única vez que esta comisión visitó el país fue en
Imagen: www.diariohoy.net
1979 cuando los militares intentaban ocultar la desaparición forzosa de personas en un plan sistemático. Tanto en aquella oportunidad como en ésta los organismos estatales intentaron, sin éxito, engañar a los comisionados.
Otro punto importante es que la CIDH, si bien hizo referencia a lo dispuesto por el pronunciamiento del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria, que el año pasado calificó jurídicamente la detención como arbitraria y violatoria de los estándares del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, por lo que pidió su inmediata, en este caso el pedido lo hace por las condiciones pésimas que la justicia de Gerardo Morales le impone a la dirigente social.
"Tras valorar la información aportada por el Estado argentino y los solicitantes, así como las constataciones realizadas en su visita el 16 de junio de 2017, la Comisión concluyó que la señora Milagro Sala se encuentra en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable."
www.eldiario.es│Nota completa
La medida se dictó el 27 de julio de 2017 por lo que, según los plazos del derecho jujeño, que debe primar por delegación del Pacto de San José de Costa Rica, es de 15 días corridos, Milagro Sala debe abandonar la Unidad 3 de Mujeres del Servicio Penitenciario de la provincia de Jujuy, conocida como “Penal del Alto Comedero” a más tardar el 11 de agosto.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la
Imagen: www.ambito.com
Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. Sus disposiciones son obligatorias para el estado argentino en virtud de lo dispuesto en la Constitución Nacional reformada en 1994, aunque no haya una fuerza extra-nacional que tenga poder para imponerla manu militari.
También nos referiremos a la elección de representantes a la Asamblea Constituyente en Venezuela: qué es, qué se propones, cuáles son sus características y qué constituye en este delicado momento político-social por el que pasa la hermanan nación latinoamericana.
¡Que lo disfruten!
Después de una larga visita a nuestro país, y en especial a la provincia de Jujuy, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar a favor de la dirigente social de la Tupac Amaru y diputada del Parlasur Milagro Sala en la que exige que la liberación inmediata o, en su defecto, la prisión domiciliaria.
Es importante destacar que la única vez que esta comisión visitó el país fue en
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Otro punto importante es que la CIDH, si bien hizo referencia a lo dispuesto por el pronunciamiento del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria, que el año pasado calificó jurídicamente la detención como arbitraria y violatoria de los estándares del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, por lo que pidió su inmediata, en este caso el pedido lo hace por las condiciones pésimas que la justicia de Gerardo Morales le impone a la dirigente social.
"Tras valorar la información aportada por el Estado argentino y los solicitantes, así como las constataciones realizadas en su visita el 16 de junio de 2017, la Comisión concluyó que la señora Milagro Sala se encuentra en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable."
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La medida se dictó el 27 de julio de 2017 por lo que, según los plazos del derecho jujeño, que debe primar por delegación del Pacto de San José de Costa Rica, es de 15 días corridos, Milagro Sala debe abandonar la Unidad 3 de Mujeres del Servicio Penitenciario de la provincia de Jujuy, conocida como “Penal del Alto Comedero” a más tardar el 11 de agosto.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la
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También nos referiremos a la elección de representantes a la Asamblea Constituyente en Venezuela: qué es, qué se propones, cuáles son sus características y qué constituye en este delicado momento político-social por el que pasa la hermanan nación latinoamericana.
¡Que lo disfruten!
UNA ADENTRO: La buena noticia de la semana
Condenan a prisión perpetua a 4 magistrados de la época de la dictadura militar en Argentina por encontarlos partícipes primarios de delitos cometidos en aquel funesto período.
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Los ex magistrados federales Rolando Evaristo Carrizo, Guillermo Petra Recabarren, Luis Miret y Otilio Roque Romano recibieron la pena máxima al ser declarados participes primarios de secuestros, tormentos y homicidios cometidos durante la dictadura en Mendoza. Otros ocho represores recibieron perpetua.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza condenó a prisión perpetua a cuatro emblemáticos ex jueces federales por su complicidad con los crímenes de la dictadura. Se trata de Rolando Evaristo Carrizo, Guillermo Petra Recabarren, Luis Miret y Otilio Roque Romano. La misma pena recayó sobre los militares Francisca, Rodriguez, Fernandez, Gutierrez, Tello, Furió, Tragan y Fuentes, mientras otros 16 acusados recibieron penas de entre 3 y 20 años de prisión.
El juicio empezó el 14 de febrero de 2014 y se trató del más importante en la provincia:
Imagen: Andres Macera│www.pagina12.com.ar
se reunieron más de una docena de causas pequeñas en un “megajuicio” que reconstruyó lo sucedido con 207 personas entre las que hubo asesinados, desaparecidos y sobrevivientes. Muchas de las víctimas pasaron por centros clandestinos de detención como el CCD del Liceo Militar General Espejo -donde fueron llevados los primeros detenidos del 24 de marzo-, el CCD de la Compañía de Comunicaciones que estaba en manos del Ejército, varias comisarías y el emblemático D2.
Durante el proceso las querellas y la fiscalía lograron demostrar demostrar que el silencio de jueces y fiscales durante la dictadura o la decisión de no investigar las denuncias presentadas por las familias no fue una actuación pasiva sino claramente activa que implicó la complicidad en los crímenes cometidos.
Tras la vuelta a la democracia, los magistrados siguieron ocupando lugares preferenciales en la justicia federal: Miret y Romano incluso fueron ascendidos a camaristas. Recién en 2011 fueron destituidos por el Consejo de la Magistratura y se ordenó su arresto.
El nombre técnico de la imputación a los magistrados cambió en el comienzo del juicio. Llegaron acusados por omisión de investigar y omisión de denunciar hechos que conocían por el rol que ejercían como jueces o fiscales, pero luego fueron acusados -y hoy condenados- como partícipes necesarios de los crímenes de lesa humanidad.
Los ex magistrados federales Rolando Evaristo Carrizo, Guillermo Petra Recabarren, Luis Miret y Otilio Roque Romano recibieron la pena máxima al ser declarados participes primarios de secuestros, tormentos y homicidios cometidos durante la dictadura en Mendoza. Otros ocho represores recibieron perpetua.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza condenó a prisión perpetua a cuatro emblemáticos ex jueces federales por su complicidad con los crímenes de la dictadura. Se trata de Rolando Evaristo Carrizo, Guillermo Petra Recabarren, Luis Miret y Otilio Roque Romano. La misma pena recayó sobre los militares Francisca, Rodriguez, Fernandez, Gutierrez, Tello, Furió, Tragan y Fuentes, mientras otros 16 acusados recibieron penas de entre 3 y 20 años de prisión.
El juicio empezó el 14 de febrero de 2014 y se trató del más importante en la provincia:
se reunieron más de una docena de causas pequeñas en un “megajuicio” que reconstruyó lo sucedido con 207 personas entre las que hubo asesinados, desaparecidos y sobrevivientes. Muchas de las víctimas pasaron por centros clandestinos de detención como el CCD del Liceo Militar General Espejo -donde fueron llevados los primeros detenidos del 24 de marzo-, el CCD de la Compañía de Comunicaciones que estaba en manos del Ejército, varias comisarías y el emblemático D2.
Durante el proceso las querellas y la fiscalía lograron demostrar demostrar que el silencio de jueces y fiscales durante la dictadura o la decisión de no investigar las denuncias presentadas por las familias no fue una actuación pasiva sino claramente activa que implicó la complicidad en los crímenes cometidos.
Tras la vuelta a la democracia, los magistrados siguieron ocupando lugares preferenciales en la justicia federal: Miret y Romano incluso fueron ascendidos a camaristas. Recién en 2011 fueron destituidos por el Consejo de la Magistratura y se ordenó su arresto.
El nombre técnico de la imputación a los magistrados cambió en el comienzo del juicio. Llegaron acusados por omisión de investigar y omisión de denunciar hechos que conocían por el rol que ejercían como jueces o fiscales, pero luego fueron acusados -y hoy condenados- como partícipes necesarios de los crímenes de lesa humanidad.
El juicio empezó el 14 de febrero de 2014 y se trató del más importante en la provincia:
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Durante el proceso las querellas y la fiscalía lograron demostrar demostrar que el silencio de jueces y fiscales durante la dictadura o la decisión de no investigar las denuncias presentadas por las familias no fue una actuación pasiva sino claramente activa que implicó la complicidad en los crímenes cometidos.
Tras la vuelta a la democracia, los magistrados siguieron ocupando lugares preferenciales en la justicia federal: Miret y Romano incluso fueron ascendidos a camaristas. Recién en 2011 fueron destituidos por el Consejo de la Magistratura y se ordenó su arresto.
El nombre técnico de la imputación a los magistrados cambió en el comienzo del juicio. Llegaron acusados por omisión de investigar y omisión de denunciar hechos que conocían por el rol que ejercían como jueces o fiscales, pero luego fueron acusados -y hoy condenados- como partícipes necesarios de los crímenes de lesa humanidad.